jueves, 9 de abril de 2009

Información para empleadores

"Reconocer el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en pie de igualdad con los demás. Ello incluye el derecho a la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y en un entorno laboral que sean abiertos, inclusivos y accesibles" (Convención Internacional - Asamblea General Naciones Unidas 2006).
Beneficios que recibe una empresa al contratar personas con discapacidad
  • 50% de descuento en ingresos brutos
Los empleadores que contraten trabajadores discapacitados podrán imputar el 50% de las remuneraciones nominales de los mismos, como pago a cuenta del impuesto sobre Ingresos Brutos (Legislación Provincia de Buenos Aires).
  • 70% de descuento en ganancias
Los empleadores que concedan empleo a personas discapacitadas tendrán derecho al cómputo de una deducción especial en el impuesto a las ganancias, equivalente al 70% de las retribuciones correspondientes al personal discapacitado en cada período fiscal (Legislación Nacional).
  • 50% de descuento en contribuciones patronales al contratar por tiempo indeterminado.
Más información: www.trabajo.gba.gov.ar

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